El futuro de Europa depende de la salud del planeta. Los Estados de la UE se han comprometido a lograr la neutralidad climática de aquí a 2050, cumpliendo los compromisos asumidos en el marco del Acuerdo internacional de París. El Pacto Verde Europeo es la estrategia de la UE para alcanzar el objetivo para 2050.
El objetivo de la UE: la neutralidad climática de aquí a 2050
El Pacto Verde Europeo es una estrategia integral lanzada por la Unión Europea para abordar la crisis climática y llevar a Europa hacia la neutralidad climática para el 2050. Esta iniciativa promueve una transformación radical de todos los sectores clave de la economía, incluyendo energía, transporte, agricultura, industria y finanzas sostenibles. Proporciona una hoja de ruta para un desarrollo económico equitativo y próspero, aprovechando las oportunidades de crecimiento, innovación y empleo que la transición ecológica puede ofrecer. La UE está plenamente comprometida en hacer de Europa un líder mundial en la lucha contra el cambio climático y en el establecimiento de una economía competitiva, moderna y sostenible. ¡El Pacto Verde Europeo es el camino para conseguirlo!
¿Qué iniciativas incluye el Pacto Verde?
Objetivo 55
La infografía explica el paquete «Objetivo 55», los principales ámbitos de actuación de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y el proceso de toma de decisiones para convertir las propuestas en legislación de la UE.Ver infografía completa
El paquete «Objetivo 55» tiene por objeto traducir las ambiciones del Pacto Verde en legislación.
El paquete es un conjunto de propuestas para revisar la legislación relacionada con el clima, la energía y el transporte y poner en marcha nuevas iniciativas legislativas para adaptar la legislación de la UE a los objetivos climáticos de la UE. Comprende:
- La revisión del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE UE), en particular su ampliación al transporte marítimo, la revisión de las normas sobre emisiones de la aviación y el establecimiento de un régimen de comercio de derechos de emisión independiente para el transporte por carretera y los edificios;
- La revisión del Reglamento de reparto del esfuerzo en lo que respecta a los objetivos de reducción de los Estados miembros en sectores no incluidos en el RCDE UE;
- La revisión del Reglamento UTCUTS sobre la inclusión de las emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero resultantes del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura;
- La modificación del Reglamento por el que se establecen normas sobre las emisiones de CO2 para turismos y furgonetas;
- La revisión de la Directiva sobre fuentes de energía renovables;
- La refundición de la Directiva de eficiencia energética;
- La revisión de la Directiva sobre fiscalidad de la energía;
- Un mecanismo de ajuste en frontera por carbono;
- La revisión de la Directiva sobre la infraestructura para los combustibles alternativos;
- La iniciativa ReFuelEU Aviation para unos combustibles de aviación sostenibles;
- La iniciativa FuelEU Maritime para un espacio marítimo europeo verde;
- Un fondo social para el clima;
- La revisión de la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios;
- La reducción de las emisiones de metano en el sector energético;
- La revisión del tercer paquete energético para el gas.
Legislación Europea sobre el Clima
La Legislación Europea sobre el Clima convierte la ambición política de alcanzar la neutralidad climática de aquí a 2050 en una obligación jurídica para la UE.
Con su adopción, la UE y sus Estados miembros se han comprometido a reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero de la UE en al menos un 55 % con respecto a los valores de 1990 de aquí a 2030. Este objetivo es jurídicamente vinculante y se basa en una evaluación de impacto realizada por la Comisión.
Al menos un 55 %
de reducción de las emisiones netas para 2030
Las principales acciones incluidas en el Reglamento son:
- Planificar el ritmo de reducción de las emisiones hasta 2050 para dar previsibilidad a las empresas, las partes interesadas y los ciudadanos;
- Desarrollar un sistema que permita hacer un seguimiento de los progresos realizados para alcanzar el objetivo e informar sobre ellos;
- Asegurar una transición ecológica, rentable y socialmente justa.
Tras el acuerdo provisional alcanzado con el Parlamento Europeo en abril de 2021, el Consejo aprobó el acuerdo en mayo de 2021. El Reglamento está en vigor.